Peticiones De Inmigrante Para Padrastros
Las peticiones de inmigrantes para padrastros pueden ser complicadas. La oficina del abogado Michael G. Murray, P.A. ofrece esta guía. Llame por una consulta.
¿Puedo Solicitar A Mi Padrastro O Madrastra?
Estados Unidos es considerado la “tierra de las oportunidades”, y muchas personas desean emigrar a Estados Unidos. Si desea conseguir la residencia permanente y la ciudadanía estadounidense para alguien que no está genéticamente emparentado con usted, puede que tenga preguntas. Puede que no esté familiarizado con el complejo proceso de inmigración. Un abogado cualificado puede ayudarle con la petición de visa de inmigración para familiares nacidos en el extranjero.
Las familias no siempre son tradicionales. Hay muchas variaciones y configuraciones diferentes de una familia ensamblada. Un ejemplo es cuando un progenitor se vuelve a casar y su nuevo cónyuge adopta a los hijos de una relación o matrimonio anterior. En esta situación es posible que el padrastro o la madrastra pueden solicitar a sus hijastros o hijastras, o viceversa.
La obtención de la tarjeta de residencia para padrastros e hijastros puede ser compleja y difícil. Por lo tanto un abogado experto en leyes de inmigración, como Michael G. Murray, P.A., puede ayudarle con el proceso.

¿Es Un Padrastro O Madrastra Considerado Familia Inmediata?
Para determinar si se debe solicitar una tarjeta verde para los padres de ciudadanos estadounidenses, es importante entender qué miembros de la familia son legalmente considerados “inmediatos” y cuáles no. En la ley de inmigración, una vez el término legal “familia inmediata” se define para incluir lo siguiente:
- El Cónyuge
- Padres o padrastros (siempre que se cumplan determinados criterios)
- Hijo o hijastro (siempre que se cumplan determinados requisitos)
Si no está seguro de si una persona se considera un familiar directo, un abogado de inmigración de un bufete acreditado puede ayudarle. Póngase en contacto con Michael G. Murray, P.A. para obtener información y asesoramiento sobre la inmigración de padrastros o hijastros de los Estados Unidos.

¿Cómo Puedo Traer A Mi Padrastro O Madrastra A Los EE.UU.?
Trasladarse a los Estados Unidos es el sueño de muchos, y cuando llegan, no quieren nada más que traer al resto de su familia con ellos. Es posible que se pregunten si pueden presentar una petición para un familiar extranjero que no esté emparentado genéticamente con ellos. Por ejemplo, ¿pueden patrocinar el camino de su padrastro o madrastra hacia la ciudadanía estadounidense? ¿Sería muy difícil?
Requisitos Para La Inmigración De Padrastros O Madrastras
Tenga en cuenta que el principal requisito para traer a un padrastro o madrastra a EE.UU. es que tenga un familiar cualificado en EE.UU. que esté dispuesto a apadrinarle. En general, las normas son las mismas tanto si se trata de un padrastro como de un padre biológico:
- El hijastro patrocinador tiene que ser ciudadano estadounidense.
- El hijastro patrocinador debe tener 21 años o más.
Aparte de esto, la edad del hijastro cuando el padrastro se casó con su padre biológico es también una consideración importante. Un padrastro o madrastra debe haberse casado con el progenitor biológico del menor antes de que este cumpliera los 18 años. Este requisito es delicado, y las diferentes situaciones matrimoniales darán lugar a diferentes resultados de la petición.
Si el padrastro o la madrastra ha estado viviendo con el progenitor biológico y criando al hijastro durante años sin casarse con su pareja hasta después de que el hijo haya superado los 18 años, se considerará que no ha cumplido este requisito. Sin embargo, este tipo de acuerdos pueden permitirse en estados que reconocen el matrimonio de hecho, como Texas, lo que permite a la pareja alegar que estaban casados antes de que el hijo cumpliera los 18 años. Por lo demás, basta con un certificado de matrimonio civil.
Las autoridades de inmigración también exigen pruebas de que existe una relación paterno-filial entre el hijastro y el padrastro o la madrastra.
Proceso De Inmigración
El hijastro patrocinador tiene que presentar una petición de familiar extranjero ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) antes de que su padrastro o madrastra pueda convertirse en residente legal permanente.
Es posible que también tenga que presentar el formulario I-864, Affidavit of Support (Declaración jurada de manutención), para dar fe de que será responsable económicamente de ellos hasta que puedan mantenerse por sí mismos.
Hay un periodo de espera tras el cual el USCIS aprueba o deniega la petición y le informa del resultado. Si la petición es aprobada y su padrastro o madrastra se encuentra fuera de EE.UU., deberá presentar el formulario DS-260, su solicitud de visa de inmigrante. El USCIS la enviará al Centro Nacional de Visas en los Estados Unidos, donde la tramitarán y pedirán pruebas adicionales al padrastro o la madrastra, si fuera necesario.

¿Puede Un Padrastro O Una Madrastra Obtener Prestaciones De Inmigración Por Su Hijastro?
Criterios De Admisibilidad
El proceso de obtención de la tarjeta verde para padrastros e hijos adoptivos difiere ligeramente del proceso que afecta a los cónyuges. Deben cumplirse unos requisitos específicos para presentar una petición de inmigración para un hijastro como padrastro o madrastra. Tendrá que demostrar que el niño está a su cargo y que lo mantiene económicamente.
Como padrastro o madrastra, puede solicitar una visa de inmigrante sin tener que adoptar a su hijastro. Sin embargo, debe tener en cuenta que, según la legislación estadounidense, el padrastro o la madrastra y el progenitor biológico del hijastro deben estar casados antes de que el menor cumpla 18 años.
También puede presentar una petición de visa de inmigrante para un hijo adoptivo siempre que el niño tuviera menos de 16 años cuando fue adoptado y si se cumplen otras condiciones legales para una adopción válida.
Proceso
Puede iniciar el proceso presentando el formulario I-130 (Petición de familiar extranjero) junto con los demás documentos exigidos. También se le pedirá que presente pruebas de su ciudadanía estadounidense o que demuestre su estatus si es titular de una tarjeta verde. Además, tiene que aportar pruebas de su relación con el hijastro en cuestión.
Después de que el USCIS apruebe el formulario I-130, pueden darse dos situaciones:
Hijastro que vive fuera de Estados Unidos: En este caso, el USCIS transferirá el caso al Centro Nacional de Visas para iniciar la tramitación consular.
Hijastro que vive en los Estados Unidos: En este caso, puede presentar el formulario I-485 para el ajuste de estatus.
El proceso es relativamente más rápido para los hijos solteros menores de 21 años.
Dado que una petición de visa de inmigrante para un hijo adoptivo es más complicada que para otros residentes permanentes legales, es esencial reunir toda la documentación necesaria, como el certificado de nacimiento del hijo. Con la ayuda de Michael G. Murray, P.A., puede obtener valiosos recursos y asistencia adicional.

¿Cómo Puede Un Abogado De Inmigración Ayudar A Padrastros O Hijastros?
Hay varias maneras en que un abogado de inmigración en Austin, Texas, puede ayudar a los padrastros e hijastros que están buscando la ciudadanía para sus familiares.
Ellos pueden explicar la ley de inmigración y ayudarles a entender el proceso, que a menudo es complicado y confuso. También pueden ayudar con el papeleo y podrían conocer casos especiales relevantes para su situación.
También podrán proporcionarle el asesoramiento y apoyo necesarios a lo largo del proceso. Si tiene preguntas sobre un asunto de inmigración, hable con un abogado. ¡Llame a Michael G. Murray, P.A. hoy!
